Campaña Renta 2012 Fechas y Plazos Presentación

La Agencia Tributaria ha adelantado esta vez una semana la Campaña de la Renta del IRPF de 2012 para las declaraciones que se presenten por Internet,    de tal manera que podrán presentarse a partir del 24 de abril, frente al plazo oficial que comienza el próximo 3 de mayo, como es habitual todos los años.

El organismo también ha adelantado una semana, desde el próximo 2 de abril,  la petición y confirmación del borrador del IRPF y de los datos fiscales con respecto a la campaña anterior, cuando el plazo se abrió el 10 de abril.

De esta forma, el calendario de la renta del 2012 queda de la siguiente forma:

Presentación de la declaración de Renta 2012

Genéricamente desde el 24 de Abril hasta el 1 de Julio de 2013:

  • Presentaciones en bancos y AEAT: desde el 3 de Mayo.
  • Presentaciones de declaraciones domiciliados: hasta el 26 de junio de 2013 (con cargo el 1 de Julio).
Borrador
  • Solicitud del borrador de declaración y datos fiscales Desde el 2 de abril hasta el 26 de junio de 2013
    • Se podrá solicitar por internet, por teléfono (901 12 12 24 SERVICIO AUTOMÁTICO 24 horas y en el 901 200 345 RENTA ASISTENCIA de lunes a viernes, de 9 a 21 horas) y en persona en las oficinas de la Agencia Tributaria
  • Consulta del borrador de declaración Desde el 2 de abril de 2013 hasta el 1 de junio de 2013 (siempre que el borrador haya sido confeccionado por la Agencia Tributaria)
  • Modificación del borrador de declaración Desde el 2 de abril hasta el 1 de julio de 2013
    • Se podrá solicitar por internet, por teléfono (901 200 345 RENTA ASISTENCIA de lunes a viernes, de 9 a 21 horas) y personalmente en las oficinas de la Agencia Tributaria previa cita, concertada por Internet o llamando al 901 12 12 24 SERVICIO AUTOMÁTICO (24 horas) o al 901 22 33 44 (lunes a viernes, de 9 a 20 horas)
  • Confirmación / presentación del borrador de declaración Desde el 2 de abril hasta el 1 de julio de 2013. En los borradores a ingresar con domiciliación del pago, el plazo finaliza el 27 de junio de 2011 (con cargo el 30 de junio).
    • Se podrá realizar por internet, por teléfono (en el 901 12 12 24 SERVICIO AUTOMÁTICO 24 horas o el 901 200 345 RENTA ASISTENCIA de lunes a viernes, de 9 a 21 horas), por SMS desde el móvil enviando mensaje al 7743, por banca electrónica y telefónica de las entidades financieras que presten el servicio y personalmente en las oficinas de entidades financieras que colaboren (incluidos cajeros automáticos), en las oficinas habilitadas por las Comunidades Autónomas o en las oficinas de la Agencia Tributaria
Cita previa

Aún se desconocen las fechas, pero seguramente sea similar al de otros años:

  • Desde el 15 de abril hasta el 31 de junio de 2013
    • Por teléfono: 901 12 12 24 SERVICIO AUTOMÁTICO 24 horas.
  • Desde el 29 de abril a 31 de junio de 2011:
    • por teléfono: 901 22 33 44 de cita previa de lunes a viernes, de 9 a 20 horas.
Consulta de datos fiscales

Desde el 2 de abril de 2013 y de forma indefinida

Descarga del Programa de Ayuda Renta 2012 (PADRE)

Aún no se saben las fechas. El año anterior fue durante la primera semana de mes de Abril:

  • Por internet u obteniendo un CD-ROM disponible en oficinas de la Agencia Tributaria y en algunos estancos durante la Campaña de Renta
Consulta de domiciliación del ingreso

Desde el 4 de abril de 2013

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Calendario del Contribuyente Agencia Tributaria 2013

 

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Plazo Voluntario Pago IAE 2012

mod-840Para las cuotas nacionales y provinciales del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2012,  el plazo de ingreso en período voluntario del mismo es desde el 17 de septiembre hasta el 20 de noviembre de 2012, ambos inclusive.

Su cobro se realizará a través de las Entidades de crédito colaboradoras en la recaudación, con el documento de ingreso que a tal efecto se hará llegar al contribuyente.

 

En el supuesto de que dicho documento de ingreso no fuera recibido o se hubiese extraviado, deberá realizarse el ingreso con un duplicado que se recogerá en la Delegación o Administraciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria correspondientes al domicilio fiscal del contribuyente.

Nuevas Retenciones 2012

Tras la publicación del  R.D.L. 20/2012, de 13 de Julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, a partir del 1 de Septiembre de 2012, se modifican algunos de las retenciones que se venían aplicando hasta la fecha.

Se adjunta cuadro resumen de los correspondientes porcentajes de retención.

 

tabla retenciones

Campaña de RENTA 2011

Renta2011

 

Las novedades más relevantes para la  CAMPAÑA DE RENTA 2011   son las siguientes:

 

 

El plazo para obtener, confirmar o suscribir el borrador el comprendido entre los días  10  de  abril y 2  de  julio (con  domiciliación  en cuenta  hasta  el    27 de junio).

Formas de obtención del borrador:

· Acudiendo a cualquiera de las oficinas de la Agencia Tributaria.

· Por teléfono en el 901 12 12 (pendiente de confirmación en esta campaña). También puede solicitarse cita previa para la declaración de la renta y obtener otra información de interés relativa a la campaña de renta de 2012

· En la web de AEAT, si tenemos certificado digital o DNI electrónico, o en otro caso, a través del programa Ren0, para la obtención del numero de referencia.

El envío por correo del borrador por parte de la Agencia Tributaria comenzará el 3 de Mayo.

El plazo para presentar declaraciones del IRPF e IP será el comprendido entre los días 3 de mayo y 2 de julio de 2012. (Se podrá domiciliar hasta el día 27 de junio).

• Se establece la obligatoriedad de presentar el Impuesto de Patrimonio por vía telemática. Asimismo, los contribuyentes del IRPF que estén obligados a presentar Impuesto de Patrimonio también deberán presentar o confirmar su declaración o borrador del IRPF obligatoriamente por vía telemática o telefónica.

• Se suprime la posibilidad de suscribirse a las alertas a través del modelo del IRPF, ya que a partir de 2012 estas suscripciones sólo podrán realizarse por internet.

• Se da una nueva redacción al apartado relativo al borrador o datos fiscales del ejercicio siguiente (2012) de la página 2 del modelo, en el sentido de que el contribuyente ya no tendrá que cumplimentar estas casillas para obtener su borrador o datos fiscales, dado que podrá visualizarlos a través de internet desde el primer día de la campaña, sin necesidad de solicitarlo previamente. Solo tendrá que cumplimentar estas casillas cuando desee recibir el borrador/datos fiscales por correo ordinario u obtener exclusivamente la opción de tributación individual aunque no sea la más favorable.

• Por motivos de mayor seguridad, se sustituye la referencia a la casilla 698 por la 620 para acceder al muevo servicio implantado el pasado año de obtención del borrador o datos fiscales por internet (RENØ).

• Se mantiene la posibilidad de presentar telemáticamente la declaración del IRPF sin certificado electrónico (con el número de referencia del borrador/datos fiscales). Se extiende esta posibilidad al Impuesto de Patrimonio, que como se ha indicado deberá obligatoriamente presentarse de forma telemática, siempre que se domicilie el importe a ingresar.

• Es importante tener en cuenta que los datos fiscales pueden cambiar, por lo que la Agencia Tributaria ofrecerá los resultados de sus bases de datos en cada momento, y que cualquier variación de los mismos habrán de ser tenidos en cuenta, recordando que la Agencia Tributaria no queda vinculada por esta información y que solo la ofrece a modo de ayuda para la cumplimentación de las obligaciones tributarias por los ciudadanos.

El Gobierno establece un IVA superreducido (4%) para la compra de vivienda nueva

El primer Consejo de Ministros extraordinario de agosto, celebrado hoy viernes día 19, ha aprobado el IVA Superreducido para la compra de vivienda nueva.

Las personas que adquieran vivienda nueva, pagaran un 4% de IVA en lugar del 8%. Esto supondrá un ahorro de entre 5.000 y 10.000 euros para una viviendas de entre 125.000 y 250.000 euros.

Esta nueva fiscalidad entrará en vigor desde la publicación de la este Ley y hasta el 31 de diciembre de 2011.

La nueva norma busca la salida del stock de viviendas sin vender, y de esta forma reactivar el sector de la construcción.

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Real Decreto-ley 9/2011, de 19 de agosto, de medidas para la mejora de la calidad y cohesión del sistema nacional de salud, de contribución a la consolidación fiscal, y de elevación del importe máximo de los avales del Estado para 2011.

  • Modificaciones relativas al Impuesto sobre el Valor Añadido.

Tipo impositivo aplicable del Impuesto sobre el Valor Añadido a las entregas de viviendas. (Disposición transitoria cuarta).

Con efectos desde la entrada en vigor de este Real Decreto-ley y vigencia exclusivamente hasta el 31 de diciembre de 2011.

Se aplicará el tipo reducido del 4 por ciento del Impuesto sobre el Valor Añadido a las entregas de bienes a las que se refiere el número 7.º del apartado uno.1, del artículo 91 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

 

Artículo 91. Tipos impositivos reducidos.

Uno.

(…)

7º (Según Redacción según Real Decreto-ley 6/2010, de 9 de abril.) Los edificios o partes de los mismos aptos para su utilización como viviendas, incluidas las plazas de garaje, con un máximo de dos unidades, y anexos en ellos situados que se transmitan conjuntamente.

En lo relativo a esta Ley no tendrán la consideración de anexos a viviendas los locales de negocio, aunque se transmitan conjuntamente con los edificios o parte de los mismos destinados a viviendas.

No se considerarán edificios aptos para su utilización como viviendas las edificaciones destinadas a su demolición a que se refiere el artículo 20, apartado uno, número 22, parte A, letra c de esta Ley.