Cambio Bases de Cotización Autónomos (Ejercicio 2012)

Plazos para el cambio de base de cotización

Se puede cambiar 2 veces al año la base de cotización, dentro las establecidas, solicitándolo antes de 1 de Mayo de 2012 (con efectos de Julio 2012) y antes del 1 de Noviembre de 2012 (con efectos de Enero 2013).

Se podrá solicitar el incremento automático de la Base de cotización, en el mismo porcentaje que aumenten las bases mínima y máxima cada año.

La renuncia a cualquiera de estas opciones podrá formalizarse en el mismo plazo y tendrá efectos de 31 de diciembre del año de la solicitud.

Para más información, ver documento adjunto.

 

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Devolución parcial Cuotas Autónomos en Pluriactividad

Aquellos autónomos que por razón de pluriactividad (Realizar dos o más actividades que implican la obligatoriedad de darse de alta y cotizar en más de un régimen de la seguridad social), y coticen al mismo tiempo en el régimen especial de trabajadores autónomos y en el régimen general de la seguridad social, podrán solicitar la devolución de parte de sus cotizaciones siempre que la suma de las cotizaciones totales por contingencias comunes  en ambos regímenes (General + Autónomos) supere el umbral de 10969,42 Euros.

Tendrán derecho a una devolución del 50 por 100 del exceso en que sus cotizaciones ingresadas superen la mencionada cuantía, con el tope del 50 por 100 de las cuotas ingresadas en el Régimen Especial, en razón de su cotización por las contingencias comunes de cobertura obligatoria.

El plazo para solicitar esta devolución de cuota finaliza el 30 de abril de 2012, debiendo realizarse mediante una solicitud de ingresos indebidos que se puede presentar en cualquier administración de la Seguridad Social.

 

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Normas Cotización 2012

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ORDEN ESS/184/2012, DE 2 DE FEBRERO, POR LA QUE SE DESARROLLAN LAS NORMAS LEGALES DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL, DESEMPLEO, PROTECCIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD, FONDO DE GARANTÍA SALARIAL Y FORM. PROFESIONAL PARA EL EJERCICIO 2012

En el documento adjunto se recogen los aspectos más relevantes de la Orden ESS/184/2012, de 2 de febrero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2012, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 7 de febrero de 2012 y con efectos desde el 1 de enero de 2012.

 

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